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Concentración

Concentración mediática

La concentración mediática significa el acaparamiento de emisoras de radio, canales de televisión, medios escritos, etc., en pocas personas o grupos. Disminuye la pluralidad de voces, se homogenizan las formas de entretenimiento, se privilegian ciertos intereses, de acuerdo con la línea política, económica y editorial de los medios; y principalmente, se limitan las posibilidades de las personas a una comunicación diversa, abierta y plural.

Distintos tratados y acuerdos internacionales de derechos humanos, declaran que los monopolios y la concentración sobre las frecuencias radioeléctricas y los medios de comunicación, son una violación al derecho de todas las personas a la comunicación, a la libertad de expresión y al fortalecimiento de la democracia.

En Costa Rica, la Ley General de Telecomunicaciones establece que la administración del espectro debe “garantizar una asignación justa, equitativa, independiente, transparente y no discriminatoria”, orientada al interés público y el bien común. Sin embargo, diferentes informes señalan que la distribución y uso del espectro no responde a principios de igualdad o equidad

La Defensoría de los Habitantes indicó que en Costa Rica existe una evidente concentración de las frecuencias de telecomunicaciones más rentables en unos pocos concesionarios. Además, subrayó que algunos de estos concesionarios deben ser estudiados para determinar si hacen un buen uso de sus frecuencias o si las usan del todo, debido a que hay casos en que una emisora se usa como repetidora o no cubren todo el país..

 

Radio FM

La banda de radio en Frecuencia Modulada (FM) comprende 55 concesiones. Un 47% (24) son administradas por 5 grupos: Central de Radios (7), Cadena Radial Costarricense (6), Columbia (4), Prisa Radio (4) y Omega (3).

 

Televisión

En televisión hay 38 concesionarios de 67 canales. Por la forma en que funciona esta banda un mismo canal puede ser usado en diferentes rangos de frecuencia. Por ejemplo, dos concesionarios diferentes manejan los canales 14 y 16.

En la señal de televisión abierta, la que se ve sin tener cable, los canales de más cobertura son el 2, 4, 6, 7, 9, 11 y 13. De estos, el grupo Repretel es propietario de cuatro. Solo un canal (13) es administrado por un organismo estatal, el Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART). Además, entre Canal 6 y Canal 7 se concentra al 55,4% de la audiencia, a pesar de que apenas cubren un 50% del territorio nacional.

 

Cobros

El impuesto de radiodifusión para los concesionarios del espectro radioeléctrico se define en la Ley de Radio de 1954. En distintas ocasiones, la Contraloría General de la República llamó la atención sobre estos montos, debido a que están desactualizados, tomando en cuenta la realidad económica actual.

Según dispone la Ley, una emisora de radio en AM paga entre ¢1,000.00 y ¢3,000.00 al año, de acuerdo a su potencia. Para la banda FM y la televisión no se establece nada, porque estos medios no existían cuando se creó la legislación.

Según una estimación de la Contraloría General de la República, un canal de televisión paga anualmente un impuesto de ¢620.000, por matriz y enlace. Esto equivale a ¢2.480.000 por 4 años.

Por 1 minuto en el horario de televisión AAA, el de más audiencia, se pagan 2 millones de colones. Esto quiere decir que con poco más de un minuto de transmisión un canal puede pagar los impuestos de cuatro años.

La concentración de frecuencias se manifiesta también en los ingresos. Por ejemplo, en 2001, Canal 6 y Canal 7 obtuvieron el 84% de los ingresos por publicidad, unos 33.4 millones de dólares. Asimismo, durante el ciclo electoral 2006-2010, los canales de televisión ganaron la suma de ¢4.100.776.960,oo (cuatro mil cien millones, setecientos setenta y seis mil novecientos sesenta colones), SOLO por los partidos políticos, sin considerar a todos sus clientes.